NAUCALPAN.- Gustavo Parra Sánchez, declinó el continuar su lucha legal por la presidencia del Comité Municipal del PRI, luego de haberle asistido la razón en el Juicio de protección de sus Derechos político Electorales del Ciudadano.
Lo anterior, tras la revocación del Tribunal Electoral del estado de México (TEEM), emitida a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
En el mismo, ratificó la improcedencia del Registro del aspirante a dirigir la Célula Municipal, a quien le fue negada su inscripción en el proceso interno para renovar este órgano de dirección local.
En la sentencia emitida por la instancia jurisdiccional, se aprobó por Unanimidad revocar la resolución de la Comisión de Justicia Partidaria, y en consecuencia emitir una nueva resolución.
Bajo ese contexto, tomando en consideración las pruebas aportadas por Gustavo Parra Sánchez, quien acusó de un proceso inequitativo e indebido en la elección del Comité Municipal.
El activista político en conferencia de prensa, confirmó su declinación de encabezar el PRI local para el cual se inscribió el pasado mes de agosto y dejó en total libertad a la próxima presidente estatal, Alejandra Del Moral Vela, la decisión de esta dirigencia, deseándole el mayor de los éxitos.
Sin embargo, anunció el seguir trabajando por Naucalpan desde la sociedad para mejorar los niveles de vida y las oportunidades para todos.
Reiteró que el municipio necesita más alumbrado público, calles limpias y mejorar los entornos Urbanos.
Por otra parte, descartó el ir a su defensa por otras dos vías jurisdiccionales aún que puede agotar.
Cabe referir, que pese a que el TEEM no se pronunció sobre el tema de fórmula única de registro, lo que debió dar como interpretación gramatical sistemática y funcional, la presidencia del Comité Municipal del PRI en Naucalpan.
Destacar que las pruebas aportadas ante la Comisión Nacional de Justicia Partidaria a través del escrito del 18 de septiembre del año en curso.
Un día después el órgano partidario dictó la resolución del recurso de inconformidad interpuesto por Gustavo Parra, sin estudiar y resolver un asunto de fondo.
La interpretación indebida de las bases establecidas en la convocatoria, en cuya hipótesis su fórmula debió ser reconocida como única y Electa.
Por Mario Ruiz Hernández.